BECAS PARA CURSAR ESTUDIOS DE CAPACITACION AGRARIA REGLADA DURANTE EL CURSO 1994-95.
Convocada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación )
- Fecha límite 19/04/1995
- Duración Curso académico 1994-95.
Destinatarios de la beca
- Alumnos
Ámbito geográfico de la beca
- España
Requisitos de la beca
- REQUISITOS:;a)Ser español o ciudadano de cualquier Estado de la Unión Europea.;b)Carecer de título académico que habilite para actividades profesionales, a menos que dicho título suponga un nivel o grado inferior al de los estudios que se pretenda realizar o que estos estudios constituyan una especialización de los ya realizados.;c)Contar con una renta familiar que no supere los máximos señalados en el anexo I (ver BOE).;d)Reunir los requisitos establecidos para quedar matriculado, si se trata del primer curso, y tratándose de acceder al segundo curso, que el alumno tenga un máximo de 2 asignaturas pendientes de primer curso.;e)Para la concesión de la ayuda será preciso además, que el alumno obtenga una puntuación que le sitúe dentro de los créditos globales consignados para esta finalidad, según el anexo I.;DOCUMENTACION:;Las solicitudes irán dirigidas al ilustrísimo señor Presidente del IRYDA.;La solicitud se realizará en el modelo de impreso que, como anexo II, se une a esta convocatoria (ver BOE). Se presentará en las Escuelas de Capacitación donde los alumnos cursen sus estudios.;La beca podrá cubrir todas o algunas de las siguientes modalidades:;1.-Ayuda compensatoria (hay que tener disponible una renta familiar per cápita no superior a 250.000 pesetas).;2.-Ayuda para gastos por razón de alojamientodel alumno fuera del domicilio familiar (el solicitante ha de cursar sus estudios con carácter de interno en Escuela o Centro de Capacitación Agraria u otra residencia fuera del domicilio familiar, obligado por su distancia al centro).;3.-Ayuda para gastos derivados de la manutención del alumno fuera del domicilio familiar (el solicitante ha de cursar sus estudios con carácter de interno en Escuela o Centro de Capacitación Agraria u otra residencia fuera del domicilio familiar o tenga que desplazarse diariamente desde su domicilio habitual hasta el centro docente y deba comer fuera del domicilio habitual).;4.-Ayuda para gastos derivados de la distancia del domicilio familiar (si el solicitante tiene que desplazarse semanalmente desde su domicilio habitual hasta el centro docente para cursar los estudios objeto de la ayuda. En el caso de hacerlo diariamente estas cantidades se multiplicarían por 2).;5.-Ayuda para gastos deamaterial escolar (el solicitante ha de reunir las condiciones generales y específicas que le permitan alcanzar cualquiera de las otras componentes previstas).;El abono de las becas se realizará mediante cheque o transferencia bancaria a nombre de cada uno de los beneficiarios. Publicado en BOE (18/03/1995)
Más información
- Dirección Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Paseo Infanta Isabel, 1, 28071 Madrid.
- Publicado en Boletín Oficial del Estado ( 18/03/1995 )
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